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11 de enero de 2023

HE TENIDO UN ROBO Y EL SEGURO DEL BANCO NO ME CUBRE. QUÉ HAGO?

Nos hemos encontrado en reiteradas ocasiones cómo teniendo seguro de hogar por el banco, no les ha cubierto algún siniestro. Vamos a ser muy exactos con esta información porque puede haber muchas maneras de producirse:

Tenemos un cliente que tenía una bicicleta de alto valor en el trastero de la comunidad. El ladrón o ladrona, entra en la comunidad, rompe el acceso a la misma, llega al trastero, rompe el acceso al trastero y se lleva la bicicleta.

El día siguiente, el cliente llega y ve los desperfectos, tiene factura de compra y realiza la denuncia. Nosotros tenemos el seguro de la comunidad, y nos llama para que se lo hagamos pasar como siniestro comunitario.

Es importante entender que, la bicicleta es propiedad del tomador, y aunque esté en un trastero, el seguro comunitario únicamente pagará los desperfectos de la puerta del trastero, pero nunca lo que hay en el interior. Los objetos del interior, quedarán cubiertos por la póliza privativa del seguro de hogar de cada cliente. Tal cual se lo indicamos al cliente, y nos informa que su póliza de hogar la tiene con el Banco Sabadell.

En seguida lo notifica al Banco Sabadell, y estos le indican que el robo como tal, lo cubre el seguro comunitario (imagínese nuestra cara de risa cuando nos enteramos de esa respuesta). Es importante que como buenos profesionales, acompañemos en esta larga y ardua travesía de la lucha entre seguros vs banca-seguros, al cliente. El cliente es lo primordial y no debe estar solo porque se sentirá desamparado.

Junto con el cliente revisamos la condiciones particulares que tiene contratado, y efectivamente tenía la garantía de hurto del contenido dentro de la de robo; por lo que sobreentendemos que el robo de la bicicleta en trastero quedará cubierta. Además lo consultamos con el condicionado general de la póliza contratada, y efectivamente nos indica lo siguiente:

"Se cubre el robo y expoliación o su tentativa, así como los desperfectos que haya ocasionado. Se extiende tanto al continente como al contenido ubicado en cuartos trasteros y garajes de la vivienda, siempre que tales recintos sean independientes y cerrados con llave, y sean de uso exclusivo de la vivienda asegurada."

Por lo tanto, amigos/as banqueros/as, el robo en trasteros lo cubre el seguro privativo si lo tienes contratado.


A todo esto decir lo siguiente: los trabajadores de los bancos van a forzar no pasar siniestros a las compañías, muy probablemente porque hayan recibido estas órdenes, y porque muy probablemente
les condicione su sueldo. No hay que enfadarse con ellos, sino simplemente demostrar que queda cubierto.


Para cualquier otra duda, pueden ponerse en contacto con nosotros.
seguros@segur7.com

Segur7 Correduría Profesional de Seguros

Mejores compañías para el seguro de hogar privativo:

Catalana
AXA
Santa Lucía
Mapfre
Mútua Propietarios
Pelayo
Fiatc



20 de noviembre de 2020

Cómo tener tu casa protegida de la ocupación ilegal

Con la finalidad de apoyar y proteger a los clientes, ante el auge de preocupación social por la ocupación ilegal de viviendas, te informamos que en caso de allanamiento de morada  y ocupación ilegal de la vivienda los clientes están 100% protegidos gracias a pólizas de hogar, pero no todas las protegen, sino que deben contratar garantías especiales para ello, y por supuesto, no todas las compañías lo ofrecen.

Gracias a esta protección, en caso de que ocupen una vivienda de uso habitual o secundaria asegurada, las compañías pueden acompañar a los clientes durante todo el proceso para el desalojo y la reclamación de los daños que hayan causado a través del departamento de Protección Jurídica.

En caso de allanamiento de morada, que se produce solo cuando se trata de la vivienda habitual, además, se encargan de procurarle un alojamiento mientras dure el proceso de desalojo.




Qué cubre?

- asesoramiento legal para el proceso de desalojo y reclamación de los daños.

- responsabilidad civil por los daños causados a terceros. 

- si es la vivienda habitual del cliente y tiene contratada la cobertura de inhabitabilidad, se le procurará un alojamiento provisional.

- si la póliza incluye actos vandálicos cubrirán los daños que los ocupantes hayan ocasionado en la vivienda, hasta los límites del capital contratado. 

IMPORTANTE: Es necesario que el seguro de hogar tenga contratadas las garantías de actos vandálicos o inhabitabilidad, si no las tuviera contratadas se pueden ampliar haciendo un simple suplemento de la misma póliza.

Quién puede solicitar esa prestación?

Todos aquellos clientes propietarios de una vivienda asegurada, de uso habitual o secundaria, que haya sido allanada u ocupada ilegalmente, es decir, que la persona haya accedido a la vivienda sin el consentimiento o autorización explícita del propietario.


Compañías que recomendamos para este servicio:

AXA

Catalana Occidente

Mútua de Propietarios

Fiatc


Cualquier duda que tengas, vísitanos en nuestra web.


23 de septiembre de 2020

QUÉ HACER CUANDO HAN ENTRADO A ROBAR EN CASA. ¿CÓMO ACTÚA EL SEGURO?

 

Las épocas estivales son idóneas para los ladrones. De hecho es típico que en las segundas residencias entren durante toda la época del año, sobretodo en fechas navideñas.

Desde Segur7 queremos hacer hincapié en varios puntos importantes que hay que tener en cuenta en un buen seguro de hogar:

- tener contratada la garantía de ROBO AL CONTINENTE: esta parte te indemnizará cuando un maleante haya destrozado el acceso de tu vivienda para robarte.

- tener contratada la garantía de ROBO AL CONTENIDO: muebles, tv's, ordenadores, puertas (interiores), camas, sofás, etc... quedan cubiertas en cuánto hay un robo o desperfecto, no obstante recomendamos mantener todas las facturas de dicho contenido, porque de esa manera siempre se puede demostrar.

- tener contratada (o no) la garantía de ALARMA: este punto siempre es muy discrepante. Nosotros siempre recomendamos que nunca se contrate esta garantía, porque: si se contrata y en el momento del robo (habitualmente mediodías) no está puesta la alarma, el seguro puede, y muy probablemente lo haga, excluir la cobertura de ROBO. Pero si no se contrata y sin embargo la tenemos activada y ocurre un robo, será mucho mejor para nosotros.

- tener contratada la garantía de robo por JOYAS FUERA O EN CAJA FUERTE: si tienes joyas es mejor declararlas en póliza y añadir las fotos correspondientes. No vale eso de que cuando roben decir que tenías mucho más, porque el seguro no lo va a pagar.... por lo tanto, siempre hay que hacer listado de la pertenencia de las joyas y añadir fotos cuando se contrate la póliza, y cuando haya un robo tendrás menos dolores de cabeza.

- tener contratada la garantía de ROBO EN EXTERIOR: esta es una garantía que te cubre cuando hay un robo en el exterior de la vivienda, y de esta garantía hay una parte en metálico (más inferior) y otra en especies (más elevada), para cartera, gestión y tramitación de documentos oficiales, copia de llaves, etc...

- tener contratada la garantía de GASTOS EN SUSTITUCIÓN DE CERRADURA: esta garantía parece una tontería, sin embargo es muy habitual que vengan los futuros ladrones, que te dejen "su marca" en la puerta a modo de objeto interno en la cerradura, a expensas de saber cuando vas a volver. O bien cuando te han entrado a robar y te han dejado la puerta hecha trizas, así que esta garantía te cubre lo más pequeño pero lo más importante: la llave de tu casa. 


Para finalizar recordar que: un robo significa que ha habido violencia. Si te quitan la cartera en el metro y no te enteras, eso es un hurto, y por norma general (salvo excepciones) está excluido. Así que recuerda que si te han entrado a robar en casa, es un robo cuando tienes la puerta rota, los muebles por el suelo y te falta algún aparato electrónico, dinero o joyas, sino tu "robo" será un hurto, y las compañías de seguros no te cubrirán al 100%.


Añadir que te dejes aconsejar por tu asesor experto en seguros, ya que los profesionales que estamos detrás de las compañías aseguradoras, sabemos como funcionan y queremos aconsejarte para que, con un buen seguro de hogar estés bien cubierto en muchas situaciones, también en robos.



Compañías con buenas coberturas en robos que recomendamos desde Segur7:

Catalana Occidente

AXA

Fiatc

Mapfre

Mútua de Propietarios

Allianz



10 de julio de 2020

AL LLEGAR AL COCHE, ME ENCUENTRO ROTO EL RETROVISOR. ¿QUÉ PUEDO HACER?

En algunas ocasiones ha sucedido. Llegas al coche y te encuentras roto el retrovisor: no hay testigos, quien haya sido tampoco deja ninguna nota, nadie sabe nada y sin embargo tú sí tienes un coche con un retrovisor menos. ¿Qué se puede hacer ante esta situación?

La verdad es que no hay muchas alternativas, pero lo primero que hay que hacer:
- revisar el seguro del coche. Si tienes el coche a terceros no se puede hacer nada.
- Si tienes el coche a todo riesgo con franquicia, salvo que no tengas una franquicia menor de 150 €, tampoco podrás hacer nada.
- Si tienes un seguro a todo riesgo, sin franquicia, entonces sí. Debes llamar y llevar el coche a reparar para que te lo periten, y después te lo arreglen.

En el supuesto caso que tuvieras el coche a terceros y no te quedara cubierto, existe la posibilidad de dar parte al Consorcio de Compensación de Seguros (es el seguro del Estado), pero ya advertimos que tenemos serias dudas que realmente se tramite, puesto que un retrovisor es un daño menor, y el Consorcio resuelve siniestros de daños mayores.

De todas maneras, es mejor comunicar al corredor de seguros de confianza para que tome nota del parte y te pueda echar una mano.


Desde Segur7 recomendamos las siguientes compañías de auto:

Allianz
Catalana Occidente
AXA
Fiatc
Mapfre


4 de junio de 2020

SI DEJO DE PAGAR EL SEGURO, SE ANULA?

En épocas de confinamiento nos hemos encontrado con algo bastante común, y es que nos ha llamado mucha gente preguntando lo mismo: "si dejo de pagar el seguro, el seguro se anula?" La respuesta es NO.

Los seguros son contratos de servicios entre una empresa privada (aseguradora) y una persona (cliente), y existen 3 partes:

           - la vigencia del seguro
           - el recibo del seguro
           - los siniestros del seguro

Cada una de estas tres son independientes, pero eso sí, dentro de unos tiempos; es decir:
en el momento de la contratación de un seguro hay un plazo para pagar el mismo. Para algunas compañías es de 30 días, otras de 45... en épocas de confinamiento, algunas compañías han hecho que el tiempo sea de 3 meses... pero son casos excepcionales y de fuerza mayor. Cosa que si no es en esos casos, no se aplica.

Una vez esté pagado el recibo, el seguro tendrá la vigencia que se establezca (normalmente es de 1 año y tácitamente renovable).

Y por otro lado, hay la tramitación de los siniestros. Pongamos el caso que el seguro ya ha vencido y se ha solicitado la no-renovación, y aparece un siniestro ocurrido dentro del periodo contratado, cuando el seguro tenía vigencia, entonces, la compañía debe de gestionarlo. Aunque el seguro ya haya vencido.

Así que, en resumen, no hay que preocuparse si se devuelve el recibo para que se anule el seguro, salvo que no se indique lo contrario. Ni tampoco que te gestionen un siniestro aunque ya no esté en vigor el seguro. Al fin y al cabo lo importante es pagarlo dentro de los plazos, y utilizarlo para lo que se necesite, que para eso están los seguros.




Damos un listado de las compañías que más han ayudado a sus clientes al pago de los recibos durante épocas de confinamiento:

Allianz
Mapfre
Aura
Catalana
AXA
Fiatc
Arag

Cualquier duda que tenga, consúltenos vía email, teléfono o visitando la web de Segur7

25 de marzo de 2020

COMO FUNCIONA EL SEGURO DE VIDA

En los tiempos que corren es muy importante tener un buen seguro de vida. Muchas veces se dice, pero ¿qué es y cómo funciona, y sobretodo, para qué sirve el seguro de vida? Muy sencillo:

El seguro de vida es pagar una prima (un dinero), para que, si falleciera una persona o quedara inválida, sus familiares perciban un capital, es decir, un dinero que las familias del afectado podrán recibir; ya sea para pagar facturas, pagar hipoteca o bien para subsistir y que todo sea más llevadero.

Por ejemplo: es muy usual que si alguien se hace una hipoteca, pongamos el ejemplo de 100.000 €, el banco te solicite un seguro de vida por valor de esos 100.000 € por si la persona fallece, se pueda abonar el importe restante paga amortizar la hipoteca. Si por ejemplo una persona se hiciera el seguro de vida por 200.000 € y la hipoteca es de 100.000 €, pues los primeros 100.000 € se destinarían a abonar la hipoteca y los otros 100.000 € para la familia.

Cabe decir que algunas compañías ofrecen que, en cambio de recibir el capital entero, se pueda fraccionar como si de una renta se tratara, pero en todo caso hay que negociarlo con las compañías.

Añadir también (y hay que tenerlo en cuenta porque ha habido casos de personas que lo han preguntado en nuestras oficinas), que los suicidios o asesinatos no se contemplan como justificante para cobrar el seguro de vida. Es decir, si hay alguien que quiere contratar un seguro de vida y después se suicida, sus familiares no van a recibir ni 1 €, puesto que el suicidio o asesinato están excluidos de los seguros de vida. Lo mismo sucede cuando hay algún enfermo terminal diagnosticado antes de contratar el seguro de vida, sus familiares no percibirán compensación económica.

Estos conceptos tienen que quedar muy claros.


Por lo demás los seguros de vida funcionan muy bien, tienen unas primas que se pueden pagar y siempre es una ayuda para los familiares, para sobrellevar la carga que les pueda quedar.

Desde Segur7 recomendamos las siguientes compañías con buenos seguros de vida:

Allianz
AXA
Catalana Occidente
Fiatc
Mapfre
Santa Lucía
Surne
Aura Seguros